Dada tu expertice en aspectos normativos de instrumentos territoriales, asuntos de fiscalización propias de SII, conocimientos extraordinarios en temas aduaneros, que mencionar cuestiones de cómo ser mejor empresario o crear un empresa, conocimientos e interpretaciones jurídicas extraordinarias y ni mencionar tu faceta de asesor político.
Me pregunto por qué tú estás allá viviendo cerca de la plaza del hospital de temuco haciendo no sé qué y el resto de la gente está acá trabajando en estas cosas que te acabo de mencionar.
Tanto conocimiento de libro y 0 calle. Creer que porque el inspector municipal te puede sacar un parte EN AÑO NUEVO alguien va a dejar de celebrar en la plaza ese día?
@Leoric@Czivert mira lo que encontré en la web de la muni de ñuñoa de JULIO DEL 2024
En esa dirección, los inspectores municipales llevan a cabo un rol de fiscalización para el cumplimiento de la normativa de tránsito, ley de alcoholes y comercio.En esa fiscalización pueden cursar infracciones para lo que requerirán la información básica de las personas fiscalizadas.
Te repito, pueden multar en varios temas, pero en el caso particular de multar por estar tomando en la calle, solo lo pueden hacer los carabineros. (y ahora los inspectores por lo menos en Ñuñoa)
Según lo que entiendo, las multas(por parte de inspectores) asociadas al alcohol son solo cursables cuando se refieren a la conducción.
Son cosas distintas.
pero lee la wea, dicen que pueden fiscalizar y cursar infracciones. y esas infracciones son justamente el beber en la vía pública, en el caso de que estamos hablando, o por qué te van a sacar infracciones? si es lo mismo, tratan de maquillar algo que ya está y pueden hacer
no, eso pertenece a la ley de tránsito, la ley de alcoholes es la de beber o vender en la vía pública
rol de fiscalización para el cumplimiento de la normativa de tránsito, ley de alcoholes y comercio.En esa fiscalización pueden cursar infracciones
@Leoric y de hecho la ley corta con los inspectores es más penca aun porque si te niegas mostrar tu carnet, pueden multarte también, o sea sería doble multa, por beber y por negarte a ser fiscalizado, y si te llaman a los pacos, te vas detenido con las 2 multas
Roach, lee bien la wea tu.
EN EL CASO PARTICULAR DE ESTAR BEBIENDO EN LA CALLE, UN INSPECTOR NO TE PUEDE MULTAR.
Si te puede multar por ejemplo, si te pilla con alcohol CONDUCIENDO.
Son cosas distintas.
Muéstrame en que parte de la ley dice que un inspector municipal puede multar por estar bebiendo EN LA CALLE.
Edit: aca en el foro no hay unos cuantos abogados?, podrían aclarar igual, seria bueno.
wn la ley corta te dice que pueden fiscalizar la ley de alcoholes, dentro de la ley de alcoholes está el tomar en la calle, y una de las sanciones es multas en utm, porque la ley corta dice que pueden inspeccionar y cursar infracciones. La ley corta dice que pueden aplicar sanciones, lo dice la misma web del municipio
En esa dirección, los inspectores municipales llevan a cabo un rol de fiscalización para el cumplimiento de la normativa de tránsito, ley de alcoholes y comercio. En esa fiscalización pueden cursar infracciones para lo que requerirán la información básica de las personas fiscalizadas.
Se introduce un nuevo número 3 –previamente derogado por la Ley Nº 6.894 de
1941– del artículo 496 del Código Penal, que sanciona como falta con la pena de multa
de una a cuatro UTM al que “impidiere el ejercicio de las funciones fiscalizadoras de los
inspectores municipales”. Dicha disposición debe entenderse subordinada a que las
labores de fiscalización sean legítimas y, por tanto, deben ser aquellas expresamente
autorizadas en ordenanzas municipales o en leyes, como la Ley del Tránsito, La Ley de
Alcoholes y la Ley de Obras Municipales
De acuerdo al artículo 25º de la ley de alcoholes, está prohibido el consumo de bebidas alcohólicas en calles, caminos, plazas, paseos y demás lugares de uso público. Quienes infrinjan la prohibición podrán ser sancionados con amonestación o multa de hasta 1 UTM. El infractor podrá allanarse a la multa y cancelar de inmediato el 25% del monto máximo de ésta ante el oficial de guardia de la unidad policial. Si el infractor no acepta la multa será citado a comparecer ante el juez de policía local.
en ninguna parte dice que solo pueden fiscalizar una parte de la ley, eso solo lo dice sichel, el mismo que dijo que hay déficit por no se cuántos millones sin hacer auditoría
porque dice ley de alcoholes y la ley de alcoholes incluye lo de beber en la calle, para qué van a citar solo un articulo de la ley completa, si ya nombran la ley completa
y ojo, la ley corta es clara con esas 3 leyes, no pueden fiscalizar más allá de lo que esas 3 leyes confieren, onda si hay sospecha de delito, deben llamar a los pacos. y si te piden carnet, es solo para las 3 fiscalizaciones de las normas de esas leyes. Acá sichel lo que podría haber dicho es que van a dotar con más inspectores para hacer mejor la pega, porque si tienen x ej 1 inspector para 400 personas -número al boleo-, será insuficiente para hacer valer la ley corta
nop, las atribuciones de los inspectores municipales son super particulares.
por eso te pido la parte en que dice específicamente que los inspectores pueden multar por beber en la calle.
Me imagino que esto paso porque al hacer las modificaciones a la ley estaban pensando en el alcohol relacionado al tránsito. No a la falta por beber en la calle.