hola gente
vengo con la duda de como se efectua la devolucion de impuestos ya que es el primer trabajo en que me la haran y no cacho ni como cobrarla
plz ayuda
Haces la declaración y al mes siguiente o subsiguiente te transfieren a la cuenta. Si pediste cheque, te llega el día del loly, pero llega.
Totalmente ignorante en esto, es solo para la gente que boletea cierto?
Baja la App “e-renta” de la play store… En 3 pasos haces el tramite, es super fácil… Pero claro debes haber pagado mes a mes las boletas que hiciste
Si, solo para gente que presta servicios con boleta, osea a honorarios… Si tu tienes contrato no corresponde devolución
gracias por el dato, pero me sale e-Renta SII,Boleta,cedula rut electronica…
deberia servirme el primero o cualquiera de los otros (?)
Gracias, creo que igual podria recuperar como 100 lucas de mis meses en practica xD.
ahora es mas facil desde la pagina, el sii tiene una propuesta prellenada, el enredo se da porque hay que cotizar igual y si no quieres, tienes que presentar una declaracion jurada, (ahi ya no cacho), si no haces ese tramite incluso puede que tengas que pagar, puedes ver en los agentes retenedores si pagaron al sii el 10% que te retuvo tu empleador o las instituciones a las que les prestaste servicio. luego yo elijo deposito en mi cuenta rut y listo se envia, todo por medio de la pagina
El primero de la lista es el que te sirve y claro, como dice un maestro más abajo, si no renunciaste a cotizar en la afp se te aplicara un descuento desde tu devolución hacia tu afp
Ojo que no creas que te devuelven el 100% de lo retenido. Ilusamente mi primera vez pensé que era así, y me devolvieron casi nada
yo no hago una boleta desde hace muchos años (creo que hice la última por allá por 2010), revisé y tengo dinero a favor.
Igual es super poco, como 7 lks, pero como el formulario incluye propuesta automática y la devolución se efectúa directo en una cuenta bancaria, haré el par de clicks necesarios para cobrarlo.
Con eso me alcanza al menos para los peajes de ida de un viaje para visitar a mis viejos
No es sólo para quienes hacen boleta, yo trabajo con contrato y me devolverán sus buenas lucas por bonos y weás que llegan a lo largo del año.
Son las 7 lucas de la colusion del confort
+1, en mi caso me devuelven por bonos en la pega, intereses de crédito hipotecario y algo por el colegio de mi hijo.
En la app que mencionaron arriba, antes de llenar tu declaración, te sale un checkbox para renunciar a cotizar.
@Golaga @riekeen @ReeD @Strangermike @Ethelwald
Yo aún no me entero del todo, pero yo boleteaba, luego contratado y ahora ambas. Pero para la declaración de la renta se consideran los honorarios boleteados (retención del 10%) y los sueldos (hay otras cosas que están sujetas a impuestos entiendo, como premios o no recuerdo qué mas xd)
Entiendo que la cuestión se basa en el total sujeto al impuesto global complementario o único de segunda categoría en el caso de personas (no se si para empresas es igual) Y ahí suman lo imponible del sueldo más lo boleteado.
A ese total se le aplica la tabla de impuesto global complementario o único de segunda categoría, para ver si te corresponde pagar impuestos de acuerdo a un factor según varios tramos (creo que hasta 13 y algo UTM no se paga, de ahí hacia arriba viene el pago de impuestos.
Luego al total a pagar se le descuenta el total a rebajar según la tabla, el 10% retenido por las boletas y el impuesto único que figura cobrado en las liquidaciones de sueldo. Y finalmente el resultado de eso lo que queda a favor o en contra, si es mayor el impuesto se paga y si es mayor el total a favor, te lo devuelven.
Lejos es mejor utilizar el formulario prellenado porque comprobarlo es un webeo xd, pero a veces, como en mi caso el año antepasado (que fue por lo que intenté entender un poco esta wea, si no ni a palos xd), puede que encuentres alguna cosa rara y toca empezar a picar un poco
Edit: Lo que no llegué a entender es si eso corre para cualquier trabajador dependiente o si es sólo para los dependientes que han iniciado actividades en el SII, tampoco cacho si por ley todos estamos obligados a iniciar actividades para todo este proceso de declarar renta
Si, estas obligado a iniciar actividades y pagar el 10% en cada boleta… Si te llegan a pillar que realizas trabajos y no das boleta te cobran una buena multa, lo mismo si te investigan y no tienes como acreditar la plata que ganas
No no, me refiero a si es obligatorio iniciar actividades en el SII como trabajador dependiente para el boleteo está claro que si, pero como para la declaración de renta cuentan los sueldos, no cacho si todo trabajador debe hacerlo, en mi caso partí boleteando por lo que la iniciación de actividades estaba lista antes de ser dependiente
los sueldos desde cierta cantidad (millones) pagan impuestos.
Ojo chicos tengan claro que este es el último año que independientes podrán renunciar a cotizar (2018 para declaraciones del 2017). A partir de este año es obligación cotizar (2019 para 2018). De no hacerlo, te lo descontarán de la devolución y como la obligación es AFP+Salud+Mutual te suma casi un 20% por lo que no sólo te retendrán la devolución (que es un 10%) sino que quedarás al debe + los intereses.
Es un tema que se habla poco ya que están todos calladitos.